Condiciones generales de venta
CONDICIONES GENERALES DE VENTA
Artículo 8: Seguro:
El arrendador declara que ha contratado un seguro a todo riesgo para la embarcación con la empresa TRANSMER (contrato nº:….. ) que cubre la responsabilidad del usuario por los siguientes riesgos: .responsabilidad civil, daño y pérdida total, total o parcial vuelo, a excepción del bote que debe ser devuelto a bordo cada noche.
Las personas transportadas así como los efectos y objetos personales no están asegurados.
Los accesorios y equipos solo están asegurados en caso de robo, le el inquilino es personalmente responsable. Para cada siniestro, el arrendatario sigue siendo su propio asegurador hasta el monto de la franquicia estipulada en el contrato.
Finalmente, el arrendatario sigue siendo responsable de las consecuencias de sus acciones en virtud de su responsabilidad civil frente a cualquier tercero en este contrato y, en particular, el propietario de la embarcación. El arrendatario reconoce que ha sido informado de la posibilidad de contratar seguros adicionales como redención de la franquicia, seguro de cancelación o asistencia personal. Esta suscripción no libera al inquilino de la obligación de depositar el depósito.
Así, además de lo específicamente estipulado en el contrato de seguro, la falta de permiso de conducción, el incumplimiento de las normas públicas sobre seguridad a bordo o el tráfico en el mar o incluso en aguas interiores, la conducción en estado alcohólico o bajo la influencia de sustancias ilícitas o medicinales, uso de la embarcación con fines profesionales o remunerados.
Artículo 9: El Depósito:
La fianza la paga el arrendatario al hacerse cargo de la embarcación. La fianza tiene por objeto garantizar el deterioro del inmueble alquilado o la pérdida parcial de objetos, imputables al arrendatario y no cubiertos por el seguro. El importe de la fianza no constituye un límite de responsabilidad exigible al arrendador, que conserva siempre el derecho a exigir la reparación de los daños sufridos, sin perjuicio de la acción de terceros, en particular del propietario de la embarcación._cc781905-5cde- 3194- bb3b-136bad5cf58d_
La fianza se devuelve en un plazo máximo de un mes desde la devolución de la embarcación.
En caso de daños en el inmueble alquilado o pérdidas no cubiertas por el seguro y imputables
al arrendatario o sobre los que quede duda, podrá aplazarse la devolución de la fianza hasta que el arrendatario haya satisfecho los gastos correspondientes.
El arrendador está obligado a reembolsar una liquidación pagada por este concepto posteriormente por el seguro.
Artículo 10: Daños durante el alquiler:
En caso de daños durante el alquiler, el arrendatario deberá consultar a la empresa de alquiler en un plazo de quince minutos. Los gastos en que pueda verse obligado a incurrir le serán reembolsables a su regreso mediante la presentación de una factura detallada a nombre del arrendador, con indicación del IVA, si el anticipo o la pérdida no se deben a culpa o negligencia del la parte del arrendador o de las personas a bordo, sin perjuicio de cualquier otro daños y perjuicios. Si es necesaria una reparación menor que no impida el avance de la embarcación, el arrendatario deberá regresar con al menos 12 horas de anticipación para permitir su realización. El incumplimiento de esta cláusula se considera un retraso. En caso de daño grave o incidente que motive la intervención del seguro, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador.
En espera de instrucciones, deberá redactar una declaración formal de siniestro que deberá presentar al arrendador al término de la cobertura. Si el inquilino no cumple con estos trámites y no toma las medidas cautelares necesarias, puede verse privado de la cobertura del seguro y obligado a pagar todos los gastos ocasionados por el daño._cc781905-5cde-3194-bb3b- 136bad5cf58d_
Asistencia y remolque
El arrendatario se compromete a no ceder un remolque a ningún tercero, excepto en caso de asistencia que deberá justificar en caso necesario. En su defecto, se compromete a asumir todas las consecuencias jurídicas y económicas que pudieran derivarse de esta práctica, además de las exclusiones de garantía exigibles en virtud de la póliza de seguro.
Si, a consecuencia de los daños, el arrendatario tuviera que recurrir a los servicios de un ayudante o de un remolcador, primero hará todo lo posible por recibir sus instrucciones del arrendador y obtener su conformidad.
En su defecto, si las circunstancias no permitieran obtener dicho acuerdo, el arrendatario utilizará el cabo del buque de forma prioritaria para este tipo de operaciones y contratará, dejando al remolcador responsable de las operaciones, incluso en el recinto portuario.
Toda asistencia / remolque en el mar que deba realizarse más allá de las 5 millas del puerto de PORT CAMRGUE se facturará a 250 € sin impuestos por hora.
Artículo 11: Devolución del barco:
El arrendatario está obligado a devolver la embarcación en el día, hora y lugar acordado. En caso de que la embarcación sea devuelta a otro puerto, todos los gastos inherentes a su repatriación al puerto de salida correrán a cargo del arrendatario con una facturación mínima de 120 euros. Cada día de retraso da derecho al arrendador a una indemnización equivalente al doble del precio diario de un alquiler semanal,
cualquiera que sea la causa del retraso. Son también a cargo del arrendatario, los gastos de alojamiento del próximo arrendatario así como los gastos del arrendador en búsqueda, desplazamiento, teléfono, etc. Además, en caso de fuerza mayor que impida la devolución en la fecha acordada, el el arrendatario debe ponerse en contacto con el arrendador y acordar con él las condiciones de devolución, el mal tiempo no puede invocarse como motivo válido de retraso, y el patrón debe tomar medidas para contrarrestar esta eventualidad. El día de la devolución, el arrendatario deberá concertar una cita con el arrendador a efectos de inventario e inspección de la embarcación, vaciada de sus ocupantes, de sus efectos personales y devuelta en perfecto orden y limpieza, llena de consumibles terminados. El arrendatario está obligado a devolver la embarcación, el motor y su equipo en buen estado de funcionamiento.
Si la embarcación no se devuelve en el estado en que se encontraba al inicio, los gastos de limpieza y restauración corren a cargo del arrendatario. Por una suma global de…400….€
Se establece el inventario de la vuelta contradictorio al de la salida..
Todos los consumibles son responsabilidad del arrendatario, combustible, cápsulas de café y botellas de vino abiertas, cuyo precio se mencionará en la bodega, gas, gastos de envío (excepto las primeras 24 horas au_cc781905 -5cde-3194-bb3b-136bad5cf58d_ puerto de salida ), carga de batería, agua, etc.
Pour les locations en week‐end de deux à tres días, el paquete de batería y gas es…50…€
Artículo 11-1: Seguridad en el mar:
Se recuerda que durante los fondeos, sólo el patrón está autorizado a dar su consentimiento.
para nadar, que el barco esté equipado para su propio uso de máscaras y snorkels.
Que durante las travesías, cada pasajero deberá portar su chaleco salvavidas.
Artículo 11-2: Prohibiciones en el mar:
A pesar de todos nuestros esfuerzos, hemos tenido que tomar algunas restricciones.
No podemos aceptar personas con movilidad reducida y lo lamentamos.
Para nuestro gran pesar también mascotas.
También pedimos que todos los pasajeros usen calzado adecuado y sin tacones.
Nos oponemos a la pesca marítima y al submarinismo
Finalmente, te pedimos que respetes la fauna y flora marina y su ecosistema.
Artículo 12: Disputas:
Cualquier costo procesal que resulte de este alquiler correrá a cargo del arrendatario responsable, a menos que el tribunal decida lo contrario. Para cualquier disputa relacionada con la ejecución de este contrato, la atribución se hace exclusivamente a la corte de…MONTPELLIER…
□ Al marcar esta casilla, acepta definitivamente las condiciones generales de uso (cgu) y las condiciones generales de venta (cgv)
EL INQUILINO, (manuscrito “leído y aprobado”)